91 617 04 23 691 10 10 10Centro Médico Siglo 21
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¿Cuáles son las obligaciones del empresario en materia de prevención de riesgos laborales?

Cursos de prevención de riesgos laborales - Obligaciones - Formación Madrid

El empresario tiene la obligación de proteger a los trabajadores y de garantizar su salud y seguridad en los puestos de trabajo que desempeñan. Y esto no es algo que lo digamos nosotros, sino que es algo que se encuentra recogido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Hoy queremos adentrarnos en el artículo 14 de esta ley para analizar cuáles son las obligaciones generales que tiene el empresario en materia de Prevención de Riesgos Laborales, así como el papel que juegan los cursos de formación específicos como los que se imparten en nuestro centro.

Artículo 14 de la ley de Prevención de Riesgos Laborales

Los principios generales que deberá seguir el empresario para aplicar medidas de protección y prevención de riesgos laborales, y que responden directamente a sus obligaciones como tal son:

  • Realizar una evaluación de los riesgos de cada puesto de trabajo.
  • Proporcionar información sobre esos riesgos.
  • Proporcionar formación mediante el acceso a cursos de Prevención de Riesgos Laborales como los que se imparten en nuestro centro formativo.
  • Establecer planes de actuación por si se dieran situaciones de emergencia o de riesgo grave o inminente.
  • Poner en práctica sistemas de vigilancia de la salud.
  • Desarrollar acciones permanentes de seguimiento de la actividad preventiva.
  • Perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de riesgos que no se hayan podido evitar.
  • Adaptar las medidas de prevención a las modificaciones que pueden experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.

¿Es obligatoria la formación en prevención de riesgos laborales para los trabajadores?

Pues en el caso del sector de la construcción, sector en el que estamos especializados, la Ley 32/2006 de 18 de octubre es muy clara ya que establece el deber de los trabajadores de acreditar la formación preventiva propia, así como la obligación del empresario de velar por que todos los trabajadores tengan la formación en materia de prevención de riesgos laborales necesaria y adecuada a su puesto de trabajo.

La formación que el empresario debe procurar a cada trabajador, tanto teórica como práctica, debe producirse tanto en el momento de su contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeña o en el caso de que se introduzcan nuevos equipos o tecnologías de trabajo.

En Formación Madrid Prevención Siglo 21 contamos con una extensa gama de cursos de prevención de riesgos laborales adaptados a los diferentes roles que hoy en día existen en el sector de la construcción. Si eres empresario/a te invitamos a conocerlos y a contratar con nosotros la formación específica que tus trabajadores necesitan para crecer y para realizar su trabajo de manera sana y segura.

Llámanos sin compromiso o ponte en contacto con nosotros visitando nuestro centro o enviándonos un e-mail. Nos encantará ayudarte para que tus trabajadores cuenten con las herramientas formativas que necesitan.

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